Fuentes de ruido y valores limites permisibles

 Las principales fuentes generadoras de ruido son: 

Industriales: 

  • Máquinas y equipos.
  • Falta de aislamientos acústicos.
  • Falta de sistemas de amortiguación. 
  • Ubicación inapropiada de equipos ruidosos.
  • Falta de mantenimiento preventivo y correctivo.
  • Tareas ruidosas.
Actividades como fábricas y plantas industriales deben cumplir con límites específicos de emisión de ruido según la ubicación (urbana, suburbana, rural) y el tipo de actividad, establecidos en la Resolución 0627 de 2006.

 Comerciales y recreativas: 

  • Música a alto volumen.
  • Utilización de micrófonos y equipos de sonido.
Establecimientos como bares, discotecas, restaurantes y actividades recreativas como conciertos y festivales  están regulados para mantener niveles de ruido que no perturben las áreas residenciales cercanas, con posibles regulaciones adicionales de zonificación acústica a nivel municipal.

Tráfico vehicular:

El ruido por trafico vehículos, incluyendo automóviles y transporte pesado, está regulado por normativas de emisión de ruido de vehículos y medidas para mitigar el ruido en áreas urbanas.

Infraestructura:


La construcción y mantenimiento de infraestructuras como carreteras y aeropuertos deben seguir normativas para minimizar el impacto del ruido en las comunidades cercanas.


VALORES LIMITES PERMISIBLES 

De acuerdo a la resolución 2400 de 1979 y a la Resolución 1792 de 1990 se establecen los valores limites permisibles para la exposición a ruido ocupacional:

  • Para exposición de 8 horas: 85 dB
  • Para exposición de 4 horas: 90 dB
  • Para exposición de 2 horas: 95 dB
  • Para exposición de 1 hora: 100 dB
  • Para exposción de 1/2 hora: 105 dB
  • Para exposición de 1/4 de hora: 110 dB
  • Para exposición de 1/8 de hora: 115 dB




En las oficinas y lugares de trabajo donde predomine la labor intelectual, los niveles sonoros (ruido) no podrán ser mayores a 70 decibeles, independiente de la infrastructura y el tiempo de exposición”.